ala donación de gametos en particular y más en concretamente se revisará el sistema regulatorio español respecto al anonimato del donante. Se establecerán a continuación las diferentes posiciones doctrinales sobre este aspecto, intentando centrarlas en presentar las
ComisiónNacional de Reproducción Humana Asistida (CNRHA) (2015). Aspectos legales y éticos de la donación. En: Registro Nacional de Donantes de Gametos y Preembriones. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de España . Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Título XXII. Delitos contra Enla donación anónima los futuros padres no pueden conocer a la persona de la cual se reciben los gametos, mientras que, en el otro caso, es posible elegir al donante de semen o la donante de óvulos. En cuanto a la legislación, se pueden encontrar diferentes situaciones: Países que directamente prohíben la donación de gametos,Segúnpalabras de Antronio Pellicer, Presidente del IVI, este hecho es de suma importancia ya que “la derivación de gametos a partir de células madre acabará con la donación de óvulos y esperma”. Reijo en su ponencia titulada “Generación de Gametos artificiales: ¿estamos cerca?” apuntó que esta novedosa creación podría acabar
. 410 345 470 259 199 334 6 448